Page 100 - INFORME ANUAL UEI 2014
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2014 INFORME ANUAL UNIÓN EUROPEA DE INVERSIONES SA
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
b) Que las sociedades establezcan reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros
Ver epígrafes: C.1.12, C.1.13 y C.1.17
Cumple Cumple parcialmente Explique
26. Que la propuesta de nombramiento o reelección de Consejeros que se eleven por el Consejo a la Junta General de Accionistas, así como su nombramiento provisional por cooptación, se aprueben por el Consejo:
a) A propuesta de la Comisión de Nombramientos, en el caso de Consejeros independientes; b) Previo informe de la Comisión de Nombramientos, en el caso de los restantes consejeros
Ver epígrafe: C.1.3
Cumple Cumple parcialmente Explique
27. Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente
información sobre sus consejeros:
a) Perfil profesional y biográfico;
b) Otros Consejos de administración a los que pertenezca, se trate o no de sociedades cotizadas;
c) Indicación de la categoría de Consejero a la que pertenezca según corresponda, señalándose, en el caso de Consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos;
d) Fecha de su primer nombramiento como Consejero en la sociedad, así como de los posteriores, y; e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sea titular.
Cumple Cumple parcialmente Explique
28. Que los Consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación accionarial.Y que también lo hagan, en el número que correspon- da, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus Consejeros dominicales.
Ver epígrafes: A.2, A.3, C.1.2
Cumple Cumple parcialmente Explique
29. Que el Consejo de administración no proponga el cese de ningún Consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el Consejero hubiera incumplido los deberes inherentes a su cargo o incurrido en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de indepen- diente, de acuerdo con lo establecido en la Orden ECC/461/2013.
También podrá proponerse el cese de Consejeros independientes de resultas de Ofertas Públicas de Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estruc-