Page 78 - INFORME ANUAL UEI 2014
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Sociedad
Grupo
Sociedad
Grupo
2014 INFORME ANUAL
UNIÓN EUROPEA DE INVERSIONES SA
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
Número de ejercicios ininterrumpidos
N° de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría/N° de años que la sociedad ha sido auditada (en %)
3 -
13,63% -
C.1.40. Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los Consejeros puedan contar con asesoramiento externo:
SÍ
Detalle del procedimiento
El Reglamento del Consejo de Administración, en su artículo 19 establece que todo consejero tiene el derecho y el deber de recabar y obtener información y asesoramiento apropiados para el cumplimien- to de sus funciones de supervisión, en los términos más amplios, canalizando sus peticiones en ese sentido a través de la Secretaría del Consejo, que actuará facilitándoles directamente la información, ofreciéndoles los interlocutores apropiados o arbitrando las medidas para que puedan practicar in situ las diligencias de examen.
En el artículo 20 del Reglamento del Consejo se concreta el derecho a contar con el auxilio de expertos, al establecer que:
“Artículo 20. Derecho a contar con el auxilio de expertos.
1. El Consejo de Administración, al objeto de facilitar la labor de los Consejeros, garantizará su acceso a los servicios de los expertos internos de la Sociedad.
2. Los Consejeros tendrán la facultad de proponer al Consejo de Administración la contratación, con cargo a la Sociedad, de los asesores externos que consideren necesarios para asesorarles en relación con los problemas que se puedan plantear en el ejercicio del cargo, cuando se trate de problemas concretos de cierto relieve y complejidad.
La propuesta deberá ser comunicada al Presidente de la Sociedad a través del Secretario del Consejo. El Consejo de Administración podrá vetar por mayoría de votos su aprobación si la considera innece- saria, si su coste fuera desproporcionado en relación con la importancia del problema y los activos e ingresos de la Sociedad, o cuando exista la posibilidad de que dicha asistencia técnica sea prestada adecuadamente por expertos y técnicos de la propia Sociedad.”
C.1.41. Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los Consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
SÍ
Detalle del procedimiento
La convocatoria de las sesiones ordinarias del Consejo de Administración se cursará a los Consejeros mediante procedimientos que garanticen la recepción con antelación no inferior a tres días a aquél en que haya de celebrarse la reunión, acompañándose a dicha convocatoria la información precisa para la


































































































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